22.10.2025

Descubra cómo funciona el visado Schengen válido para 29 países, cómo cumplir la norma de 90 días dentro de un período de 180, elegir correctamente el consulado competente, presentar los datos biométricos y qué cambios introducirá el Sistema de Entrada/Salida (EES) entre 2025 y 2026.
El visado Schengen permite la entrada y libre circulación por los veintinueve países que integran el espacio Schengen. Detrás de este marco común de movilidad se articula un sistema normativo europeo que regula las condiciones de entrada, duración de la estancia y control fronterizo mediante herramientas digitales y procedimientos uniformes. En este artículo se exponen los principales elementos jurídicos y operativos que deben considerarse al solicitar o utilizar un visado Schengen.
El espacio Schengen es un territorio común sin fronteras interiores entre los países miembros. En la actualidad lo integran veintinueve países, que incluyen casi todos los países miembros de la Unión Europea y varios asociados: Noruega, Suiza, Islandia y Liechtenstein.
La emisión de visados Schengen y el cruce de fronteras se rigen por normas uniformes de la Unión Europea, que establecen estándares comunes para todos los países del espacio Schengen y garantizan un procedimiento armonizado en materia de visados.
Principales instrumentos normativos:
Código de Visados de la UE (Reglamento [CE] n.º 810/2009): regula la presentación y tramitación de las solicitudes de visado de corta duración.
Código de Fronteras Schengen (Reglamento [UE] n.º 2016/399): define el funcionamiento del control en las fronteras exteriores e interiores y el procedimiento para la supresión de controles en las fronteras internas. En este documento se recoge el principio fundamental sobre el que se basa todo el sistema:
«El presente Reglamento prevé la ausencia de control de fronteras para las personas que crucen las fronteras interiores entre los países miembros de la Unión.»
—Reglamento (UE) 2016/399, Código de Fronteras Schengen
En términos prácticos, el espacio Schengen no cuenta con puestos fronterizos permanentes: los viajeros pueden desplazarse entre los países que lo integran como si se tratara de regiones de un mismo Estado. No obstante, en la práctica, los controles fronterizos temporales se reintroducen con frecuencia; los documentos pueden ser verificados de manera selectiva incluso al cruzar fronteras entre países del espacio Schengen. Así, a partir de septiembre de 2025, Letonia ha implantado una nueva disposición: toda persona que entre en el país con un visado Schengen expedido por otro Estado está obligada a presentar un formulario de notificación de entrada. La falta de este documento puede ser sancionada con una multa de hasta 2.000 euros.
A pesar de la existencia de un marco jurídico común y de principios uniformes, cada país del espacio Schengen conserva autonomía en materia de expedición de visados. En algunos Estados, las citas para la presentación de solicitudes se programan con meses de antelación, mientras que en otros el visado puede obtenerse en pocos días. También difieren los índices de aprobación, ya que algunos consulados se caracterizan por su mayor flexibilidad, mientras que otros aplican un criterio más estricto y registran tasas de denegación más elevadas.
Para comprender la situación real, resulta útil examinar los datos estadísticos correspondientes a 2024, que reflejan con claridad en qué países se presentan más solicitudes y cuáles emiten un mayor número de visados.
Los consulados de los países miembros de la Unión Europea y de los países asociados al espacio Schengen recibieron más de 11,7 millones de solicitudes de visado de corta duración, lo que representa un aumento del 13,6 % en comparación con 2023.
Aproximadamente 1,7 millones de solicitudes fueron denegadas, lo que equivale a una tasa media de rechazo del 14,8 %.
Países con mayor número de solicitudes:
Francia registró aproximadamente 3 millones de solicitudes.
España ocupó el segundo lugar, con cerca de 1,6 millones de solicitudes.
Alemania recibió en torno a 1,5 millones de solicitudes.
Clasificación según el índice de rechazo:
Islandia presentó uno de los índices más bajos, con alrededor de un 6,6 % de denegaciones.
Malta se situó entre los países con criterios más estrictos, con una tasa de rechazo aproximada del 38,5 %.
Estonia registró cerca de un 27,2 % de solicitudes denegadas.
Estos datos evidencian que la existencia de un sistema común de visados no implica una práctica uniforme en todos los países. El espacio Schengen mantiene un marco normativo homogéneo, pero cada consulado aplica criterios propios y un grado diferente de flexibilidad en la evaluación de las solicitudes. Para aumentar las probabilidades de concesión del visado, resulta aconsejable tener en cuenta la estadística consular, presentando la solicitud en aquellos países con mayor índice de aprobación y plazos de tramitación más ágiles, especialmente en el caso de una primera solicitud de visado Schengen.
Aunque el visado Schengen es un documento común para todos los países de la zona, los requisitos para los solicitantes —tanto las condiciones de expedición como las tasas consulares— son en líneas generales similares. El conjunto de documentos exigidos suele ser estándar: formulario de solicitud, fotografía, seguro médico, billetes de avión, reserva de alojamiento o carta de invitación, así como acreditación de solvencia económica y de situación laboral.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que cada país miembro conserva la facultad de establecer precisiones o requisitos adicionales.
Por ello, pese a la aparente uniformidad del procedimiento, los matices pueden ser significativos: algunos consulados exigen una reserva de alojamiento totalmente pagada, mientras que otros aceptan reservas sin pago previo; en unos casos se admiten pólizas de seguro emitidas fuera de la Unión Europea, y en otros únicamente las contratadas dentro del territorio comunitario; determinados consulados solicitan extractos bancarios de los últimos tres meses, mientras que otros requieren información financiera de un período de seis meses.
Asimismo, en algunos casos el visado puede incluir restricciones territoriales que limiten la entrada a determinados países del espacio Schengen. Esta situación puede producirse, por ejemplo, cuando el visado se expide en un pasaporte no biométrico, ya que algunos países no reconocen este tipo de documentos. En tales supuestos, la etiqueta del visado indicará la limitación o prohibición de entrada en los Estados correspondientes.
Por último, deben considerarse también las circunstancias derivadas de las decisiones nacionales en materia de control fronterizo. Aunque el espacio Schengen se mantiene formalmente como un territorio común, no todos los países aplican de forma idéntica las normas de admisión ni gestionan del mismo modo la entrada por sus fronteras exteriores.
Por ejemplo, un país puede no aceptar la entrada directa con un visado expedido por otro Estado miembro, mientras que sí la permite si el desplazamiento se realiza en tránsito interno dentro del espacio Schengen, conforme a las reglas de circulación interior.
Los visados Schengen se dividen en dos categorías principales, y resulta esencial conocer las diferencias entre ellas para seleccionar el tipo adecuado en función del propósito del viaje.
Categorías principales:
Tipo A — visado de tránsito aeroportuario. Se expide a los pasajeros que realizan una escala en un aeropuerto situado en el territorio de un país del espacio Schengen, siempre que permanezcan en la zona internacional de tránsito y no entren en el espacio Schengen.
Тipo C — visado de corta duración. Autoriza la estancia en los países del espacio Schengen durante un número limitado de días. Este tipo de visado se concede, entre otros fines, por motivos turísticos, de negocios o de visita privada, y es el que se expide con mayor frecuencia.
Además, los visados Schengen se clasifican según el número de entradas autorizadas:
de entrada única;
de doble entrada;
de entradas múltiples (visado múltiple).
El visado de entrada única permite cruzar la frontera exterior del espacio Schengen una sola vez, aunque dentro de dicho territorio el titular puede desplazarse libremente entre los países miembros. Este aspecto resulta especialmente relevante cuando el itinerario incluye salidas fuera del espacio Schengen.
Ejemplo:
Si un viajero dispone de un visado croata de entrada única, puede volar a Croacia, viajar posteriormente a Barcelona y regresar a Croacia —todo ello dentro del espacio Schengen. Sin embargo, si el itinerario es Croacia → Serbia → Croacia, no podrá volver a entrar en el espacio Schengen tras salir hacia Serbia, ya que el visado se considerará utilizado.
El visado de doble entrada autoriza el cruce de la frontera exterior del espacio Schengen en dos ocasiones, mientras que el visado de entradas múltiples permite un número ilimitado de entradas dentro de su período de validez.
En el pasado era frecuente la concesión de visados múltiples de larga duración, con una validez de dos a cinco años. En la actualidad, sin embargo, los países miembros suelen ajustar la vigencia del visado a las fechas concretas del viaje. En caso de solicitudes reiteradas y de una historia de visados favorable, el consulado puede conceder un visado con una validez de tres a seis meses. Los visados de larga duración siguen siendo posibles, pero su emisión es cada vez menos habitual
La regla 90/180 constituye una de las condiciones esenciales del régimen Schengen. Establece que una persona puede permanecer en el espacio Schengen un máximo de 90 días dentro de cualquier período de 180 días.
Método de cálculo:
Para determinar el cumplimiento de la norma, debe tomarse cualquier día de estancia y contar 179 días hacia atrás. Dentro de ese período se suman todos los días pasados en el espacio Schengen. Si el total supera los 90 días, se considera una infracción del Código de Visados.
Para evitar errores, se recomienda utilizar los calculadores oficiales en línea disponibles en las páginas web de los consulados o llevar un registro personal en el calendario, especialmente en el caso de viajes frecuentes con múltiples entradas y salidas. El incumplimiento de la norma puede conllevar la anulación del visado e incluso la prohibición temporal de entrada en el espacio Schengen.
Ejemplo práctico:
Si una persona permaneció en Europa del 1 de enero al 30 de marzo (90 días), podrá volver a entrar únicamente después del 30 de junio, cuando los primeros días queden fuera del período de referencia de 180 días.
En algunos visados pueden figurar indicaciones distintas de la fórmula 90/180, por ejemplo 30/90 o 45/90. Estas cifras reflejan restricciones individuales de duración de estancia fijadas por el consulado. Aunque menos habituales, estas limitaciones son plenamente válidas, aplicables en casos como una primera solicitud o un viaje de corta duración.
El incumplimiento del régimen de estancia se registra en la base de datos europea correspondiente. Incluso un solo día adicional puede provocar la anulación del visado vigente, el rechazo de solicitudes futuras o, en casos graves, la imposición de una prohibición temporal de entrada.
Por ello, en caso de realizar varios viajes consecutivos, conviene llevar un control exhaustivo de las fechas y conservar billetes, justificantes y reservas, ya que estos documentos sirven para acreditar la legalidad de la estancia ante las autoridades si fuese necesario.

La solicitud debe presentarse ante el consulado del país donde se realizará la estancia principal, es decir, donde el solicitante permanecerá el mayor número de días durante su viaje. Ese país se considera el destino principal.
En los casos en que el tiempo de estancia sea idéntico en varios países, la solicitud deberá presentarse ante el consulado del país que constituya el primer punto de entrada al espacio Schengen.
En la práctica, muchos viajeros organizan su itinerario teniendo en cuenta la accesibilidad consular: algunos optan por el país con citas más rápidas, otros por aquel con mayor índice de aprobación o tramitación menos burocrática.
Recomendación práctica:
Si, por ejemplo, obtener un visado de Francia resulta más sencillo que el de Alemania, conviene planificar el viaje de modo que la estancia principal tenga lugar en Francia. Esta estrategia es plenamente legítima y permite reducir el riesgo de denegación.
Los documentos pueden presentarse hasta seis meses antes del viaje, aunque se aconseja no demorar el trámite, ya que los plazos de tramitación varían según el país. En promedio, los consulados resuelven las solicitudes en un plazo de hasta 15 días naturales, aunque en temporada alta (primavera-verano) el procedimiento puede extenderse a entre 30 y 45 días.
Por ejemplo, Italia y España suelen registrar mayores demoras durante el periodo vacacional, mientras que Grecia y Hungría acostumbran a mantener los plazos estándar, resolviendo las solicitudes en aproximadamente 10–15 días.
La solicitud de visado tipo C debe presentarse en el país de ciudadanía del solicitante o en aquel donde posea residencia legal, acreditada mediante un permiso de residencia temporal o un permiso de residencia permanente.
En determinados casos pueden admitirse excepciones limitadas. Por ejemplo, un solicitante que resida temporalmente en un país distinto al de su nacionalidad puede presentar una solicitud de visado en el centro de visados o consulado del país donde se encuentre, siempre que disponga de un registro o residencia temporal válidos. Aunque este tipo de situaciones es poco frecuente, se consideran admisibles conforme a las prácticas consulares, y es imprescindible consultar previamente los requisitos específicos del consulado competente antes de presentar la solicitud.
Debe recordarse que no es posible solicitar un visado Schengen una vez dentro del espacio Schengen.
Si el visado actual está próximo a expirar, no puede prorrogarse sin salir del territorio Schengen. La única alternativa sería presentar una solicitud de visado nacional tipo D, siempre que concurran motivos justificados, tales como estudios, trabajo o reagrupación familiar.
Desde 2015, todos los solicitantes de visado Schengen deben someterse obligatoriamente al registro de datos biométricos, que incluye la toma de huellas dactilares y una fotografía digital.
Estos datos se incorporan al Sistema de Información de Visados (VIS, por sus siglas en inglés), una base de datos común de la Unión Europea accesible para los consulados y los servicios de control fronterizo de los países miembros del espacio Schengen.
Los datos biométricos se registran una sola vez cada cinco años, y durante ese periodo suelen ser válidos para la presentación de solicitudes ante cualquier consulado Schengen.
Así, si las huellas se tomaron al solicitar un visado francés, normalmente no será necesario repetir la toma para un visado alemán dentro de los cinco años siguientes.
No obstante, en la práctica, los consulados pueden requerir una nueva toma biométrica, incluso antes de que transcurra dicho plazo, por ejemplo, cuando las huellas anteriores presentan baja calidad o cuando se actualizan los estándares técnicos. Por ello, no debe darse por hecho que se concederá automáticamente la exención de una nueva toma de datos.
Están exentos de esta obligación los menores de 12 años, así como determinadas categorías de solicitantes, entre ellas los diplomáticos y los miembros de delegaciones oficiales.
En el sistema VIS se registran los siguientes elementos:
datos personales del solicitante;
historial de solicitudes de visado presentadas;
decisiones consulares (concesión o denegación);
registros de entradas y salidas del espacio Schengen;
información sobre visados vigentes, caducados o anulados.
El VIS permite a los consulados verificar la fiabilidad del solicitante y agilizar los controles fronterizos. Los datos personales están protegidos conforme a la legislación europea de protección de datos y solo son accesibles para las autoridades competentes de los países miembros de la Unión Europea.
A partir de 2025–2026, la Unión Europea pondrá en marcha el Sistema de Entrada/Salida (EES, Entry/Exit System), que sustituirá los sellos manuales en los pasaportes por un registro electrónico de entradas y salidas.
Cada vez que una persona cruce una frontera exterior del espacio Schengen, el sistema registrará la fecha, el lugar, el tipo de visado y los datos biométricos. Este mecanismo permitirá calcular con precisión la regla 90/180, evitar errores en el cómputo de días de estancia y eliminar los problemas asociados a sellos perdidos o ilegibles en los pasaportes.

¿Es posible entrar primero en un país distinto del que expidió el visado?
Sí, siempre que exista una razón justificada (por ejemplo, un billete más económico o un itinerario más cómodo). No obstante, según las normas, la estancia principal debe realizarse en el país que emitió el visado. El incumplimiento reiterado de este principio puede dar lugar a una denegación en futuras solicitudes.
¿Se puede trabajar con un visado tipo C?
Depende de la finalidad con la que se haya expedido el visado. El visado Schengen tipo C no siempre es únicamente turístico: puede concederse también para actividades laborales de corta duración, participación en conferencias o viajes de negocios.
Si el visado indica expresamente que el propósito del viaje es trabajo o actividad profesional y el titular dispone de la autorización correspondiente, el desempeño laboral es legal.
Sin embargo, con un visado turístico tipo C está prohibido realizar actividades remuneradas, ya que dicho visado está destinado exclusivamente a turismo, visitas familiares o viajes personales.
¿Qué hacer si el visado ha caducado pero no se han agotado los 90 días permitidos?
La entrada solo es posible con un visado en vigor. Aunque el período de estancia permitido no se haya agotado, la caducidad de la etiqueta del visado imposibilita el ingreso al espacio Schengen. En tal caso, debe presentarse una nueva solicitud de visado.
¿Es posible cambiar el propósito del viaje después de la emisión del visado?
No es recomendable. Si el visado se expidió con fines turísticos y el viaje se realiza, en realidad, para trabajar o estudiar, ello se considerará una infracción. Solo se admiten modificaciones menores (como cambios de fechas o de trayecto). Un cambio sustancial de propósito puede motivar la anulación del visado.
El visado Schengen constituye una herramienta eficaz para viajar por Europa, siempre que se utilice con responsabilidad. Comprender la regla 90/180, conocer las categorías de visados y familiarizarse con sistemas como el VIS y el EES ayuda a evitar sanciones y contratiempos. Una preparación documental adecuada sigue siendo la mejor garantía de que su visado le abra las puertas de veintinueve países europeos sin obstáculos innecesarios.