30.10.2025

Cómo tramitar un visado turístico para un menor: documentación requerida, consentimiento de los progenitores, garantía económica, plazos y normas de presentación. Particularidades del procedimiento para el espacio Schengen, el Reino Unido, los Estados Unidos y los países de Asia.
Viajar al extranjero con un menor requiere una preparación cuidadosa. Aunque para los adultos la tramitación del visado puede parecer un procedimiento habitual, para los menores de edad se aplican normas específicas. En este artículo, los expertos de Terrana analizan los principales aspectos: qué documentos se necesitan, si es obligatorio el consentimiento notarial del otro progenitor, cómo comprobar la solvencia económica de la familia, cuándo debe estar presente el menor en la presentación de la solicitud y en qué se diferencian los requisitos según el país.
El conjunto de documentos es casi idéntico al de los adultos, pero se complementa con acreditaciones de parentesco y autorizaciones. El listado estándar incluye
– pasaporte del menor, válido durante al menos seis meses tras la finalización del viaje;
– formulario de solicitud debidamente rellenado;
– dos fotografías recientes en el formato reglamentario;
– certificado de nacimiento;
– copias de los pasaportes de los progenitores;
– seguro médico;
– justificante del itinerario (billetes y reserva de alojamiento);
– documentación económica que acredite al responsable de los gastos del viaje.
Algunos consulados solicitan además un certificado del centro educativo, así como traducciones y copias notariales.
En la actualidad, casi todos los países exigen que el menor disponga de un pasaporte individual. Los niños inscritos en el pasaporte de sus progenitores pueden tener dificultades no sólo al tramitar el visado, sino también al cruzar la frontera.
Muchos padres solicitan para sus hijos pasaportes de corta duración —de cinco años—, ya que resultan más económicos y prácticos, dado que el menor cambia de aspecto con rapidez. Sin embargo, conviene tener en cuenta que dichos pasaportes no son biométricos, y algunos Estados ya no los reconocen. Esto puede generar complicaciones: por ejemplo, si España inserta un visado en un pasaporte no biométrico de cinco años, Francia podría denegar la entrada al menor, al no aceptar ese tipo de documentos. En consecuencia, el problema no se limita a la obtención del visado, sino también al posterior acceso a otros países europeos.
La solución más recomendable es tramitar un pasaporte biométrico incluso para los niños pequeños, ya que tiene una validez más prolongada, es aceptado en todos los destinos y elimina el riesgo de rechazo en frontera.
El importe de la tasa consular depende del país de destino y del tipo de visado. En promedio, la tramitación de un visado para una menor cuesta entre 30 y 80 euros. Para determinadas categorías de solicitantes se prevén exenciones o tarifas reducidas: los menores de seis años están exentos del pago de la tasa consular en todos los países del espacio Schengen, mientras que los solicitantes de entre seis y doce años abonan una tarifa reducida de 45 euros en lugar de los 90 euros estándar.
Es importante tener en cuenta que las exenciones se aplican únicamente a la tasa consular. De forma adicional, debe abonarse la tasa de servicio de la empresa de gestión de visados, cuyo importe varía según la entidad por la que se tramite la solicitud. Por ejemplo, en VFS Global, BLS International u otras empresas, el coste de los servicios puede diferir. El pago de esta tasa es obligatorio para todos los solicitantes, independientemente de la edad del menor.
Los plazos de tramitación del visado de un menor dependen del país, de la época del año y de la carga de trabajo del consulado. No existen plazos universales: en algunos Estados la resolución se dicta con rapidez, mientras que en otros el procedimiento puede demorarse, especialmente en períodos de alta demanda, como el verano o los días previos a las festividades.
No se prevén ventajas en la rapidez de tramitación para las solicitudes infantiles: la documentación de los menores se somete al mismo examen que la de los adultos. Por ello, se recomienda presentar la solicitud con antelación, dejando un margen suficiente para eventuales aclaraciones o verificaciones de los datos.
La garantía económica demuestra que el menor no quedará sin recursos durante el viaje. El patrocinador suele ser uno de los progenitores, el tutor legal o la persona acompañante. No obstante, algunos países aceptan el patrocinio únicamente del progenitor que viaja con el menor.
Los consulados evalúan no sólo la existencia de fondos en la cuenta bancaria, sino también su origen, la estabilidad de los ingresos y la coherencia entre las cantidades declaradas y el número de viajeros. Es esencial que el saldo disponible cubra los gastos de todos los participantes en el viaje. Por ejemplo, si normalmente se calcula una cantidad mínima por persona, cuando viajan un progenitor y un hijo, la suma debe duplicarse como mínimo; y en caso de dos hijos, debe incrementarse proporcionalmente.
Para comprobar la solvencia económica, se recomienda aportar:
–certificado de ingresos del patrocinador emitido por su lugar de trabajo (con indicación del puesto, la antigüedad y el salario medio);
– extracto bancario de los últimos tres a seis meses;
– carta de patrocinio, en la que se indiquen:
• identificación del patrocinador (nombre, apellidos y datos de pasaporte);
• grado de parentesco con el menor;
• monto que cubre los gastos derivados del viaje;
• fechas y propósito del viaje;
• compromiso de asumir todos los gastos y garantizar el regreso del menor a su país de residencia;
– copia del pasaporte o del permiso de residencia del patrocinador;
–cuando proceda, acreditación del origen de los ingresos (por ejemplo, copia del contrato laboral, registro de empresario individual o certificado de propiedad).
Cuanto más correctamente se haya confeccionado el expediente y más transparente sea la procedencia de los fondos, mayor será la probabilidad de una resolución favorable en relación con la solicitud de visado.
Asimismo, cuando el menor viaje acompañado de uno o de ambos progenitores, todas las reservas de alojamiento y los billetes de transporte deberán formalizarse de manera conjunta. Los consulados prestan especial atención a que los apellidos de los padres y del menor consten en una misma reserva de establecimiento hotelero y en un mismo itinerario de vuelo. La presentación de reservas separadas puede dar lugar a requerimientos de aclaración y a la consiguiente dilación en la tramitación del expediente.
El consentimiento resulta exigible en la mayoría de los casos en los que un menor de edad viaja al extranjero acompañado únicamente por uno de sus progenitores. Existen excepciones, aunque son poco frecuentes, ya que las normas aplicables dependen del país de destino. Por ello, antes de presentar la solicitud es importante verificar si en su caso concreto es obligatorio aportar dicho consentimiento.
El documento se formaliza ante notario e incluye los datos personales de ambos progenitores y del menor, el país de destino, las fechas del viaje y los datos de la persona acompañante. El consentimiento tiene una vigencia limitada, por lo que debe comprobarse que la fecha de salida esté comprendida dentro del período de validez. En los supuestos en que uno de los progenitores no esté localizable o haya sido privado de la patria potestad, deberá presentarse la resolución judicial correspondiente o el certificado de defunción, según proceda. En determinados países se requiere, además, que el consentimiento sea traducido al idioma oficial del Estado de destino y se encuentre debidamente legalizado con apostilla. La ausencia de un documento debidamente formalizado puede dar lugar a la denegación del visado.
Cuando un menor de edad realiza un viaje al extranjero sin la compañía de sus progenitores, resulta esencial acreditar que el desplazamiento se desarrolla en condiciones de seguridad, que la persona acompañante está debidamente identificada y que todos los aspectos organizativos se encuentran resueltos. Los consulados exigen en estos casos un conjunto ampliado de documentos que garantice la transparencia y el control del viaje.
Además del expediente principal, deberán presentarse los siguientes documentos:
– copias de los pasaportes de los progenitores y de la persona acompañante;
– datos de contacto de la persona acompañante (número de teléfono y dirección de residencia durante la estancia);
– poder notarial de los progenitores que autorice el acompañamiento del menor;
– póliza de seguro médico con cobertura durante todo el período de estancia.
En caso de que el menor viaje con un familiar o forme parte de un grupo organizado, se deberán aportar también los documentos que acrediten el parentesco o la participación oficial de la entidad responsable del acompañamiento. Estas medidas permiten al consulado verificar que el menor se encuentra bajo tutela responsable y que el viaje se realiza en condiciones de seguridad adecuadas.

El formulario de solicitud debe ser rellenado por el progenitor o representante legal del menor. El propio menor podrá firmar el documento únicamente cuando haya alcanzado la edad mínima establecida por la normativa del país correspondiente, que suele ser de catorce años. Hasta esa edad, el formulario deberá llevar la firma del progenitor o del tutor legal que presenta la solicitud.
Cuando el menor viaje acompañado de ambos progenitores, en determinados países se exige la firma de ambos en el formulario. Si el desplazamiento se realiza únicamente con uno de ellos, normalmente se requiere la firma del progenitor acompañante y la autorización notarial del otro. No obstante, en algunos Estados se aplica un procedimiento simplificado: si ambos progenitores comparecen personalmente en el centro de tramitación de visados en el momento de la presentación, pueden firmar los documentos en el acto, sin necesidad de aportar autorización notarial.
El formulario debe ser rellenado de manera legible y sin enmiendas. En él se consignan los datos del menor, la identificación de las personas acompañantes, la finalidad del viaje y la información sobre la financiación. Cualquier error o inexactitud puede dar lugar a requerimientos adicionales o demoras en la tramitación del expediente, por lo que se recomienda revisar cuidadosamente el formulario antes de su presentación.
En la mayoría de los países, el menor debe estar presente en el momento de la presentación de la solicitud únicamente cuando sea necesaria la toma de datos biométricos. Si aún no se le han tomado las huellas dactilares, el progenitor o representante legal deberá acompañarlo personalmente.
En determinados consulados se admite la presentación de la documentación sin la presencia del menor, siempre que el expediente esté completo y debidamente firmado, e incluya todas las autorizaciones y consentimientos exigidos. No obstante, cuando se trata de una primera solicitud, los servicios de visado recomiendan encarecidamente acudir junto con el menor, ya que ello permite evitar requerimientos adicionales y aumenta la fiabilidad de la solicitud.
Todos los documentos originales y sus copias deben presentarse simultáneamente, en un único expediente. Para agilizar el procedimiento, se aconseja organizar los documentos por secciones —pasaportes, consentimientos, documentación financiera, reservas y formularios. Esta práctica facilita la verificación por parte del personal consular y reduce el riesgo de errores durante la recepción de la solicitud.
La toma de datos biométricos constituye un requisito obligatorio en el procedimiento de tramitación de visados en numerosos países. Habitualmente, el proceso incluye la fotografía del rostro y la captura de las huellas dactilares.
La edad a partir de la cual se exige la toma de datos biométricos varía según el país:
–en los Estados del espacio Schengen, los menores deben proporcionar sus huellas dactilares a partir de los doce años, mientras que a los más pequeños solo se les toma la fotografía;
– en el Reino Unido, la toma de huellas se realiza a partir de los cinco años, siendo obligatoria la fotografía para todas las edades;
– en los Estados Unidos, la recogida de datos biométricos se efectúa de forma selectiva, aunque con mayor frecuencia se toman huellas a los adolescentes, mientras que a los niños más pequeños únicamente se les fotografía;
– en Canadá y en varios países de Asia (por ejemplo, Singapur o Corea del Sur), los datos biométricos se solicitan a partir de los catorce años.
Si el menor ha alcanzado la edad en la que la toma de datos biométricos es obligatoria, pero no puede realizarla por motivos físicos o médicos (por ejemplo, a causa de una lesión o limitación temporal), deberá presentarse un certificado que justifique la imposibilidad de la toma de huellas.
El procedimiento es breve: se realiza una fotografía del menor y, cuando corresponde, se escanean sus huellas dactilares. Los datos biométricos conservan su validez durante varios años (en el espacio Schengen, cinco años) y se almacenan en la base internacional de los centros de tramitación de visados. Por tanto, en caso de una nueva solicitud dentro del mismo ámbito geográfico, no será necesario repetir la toma de datos.
Países del espacio Schengen. El procedimiento aplicable a los menores de edad se encuentra ampliamente armonizado. Se requiere un pasaporte individual del menor y debe adjuntarse el consentimiento notarial del progenitor que no viaja. Las huellas dactilares se toman a partir de los doce años; a los menores de esa edad únicamente se les realiza una fotografía facial. El plazo ordinario de tramitación de un visado de corta duración es de hasta quince días naturales, aunque puede ampliarse en casos específicos. Las reducciones o exenciones de la tasa consular para menores dependen de la edad y de los acuerdos bilaterales entre los Estados miembros y el espacio Schengen, que pueden establecer condiciones particulares de pago de las tasas.
Reino Unido. En las solicitudes de visado para menores es esencial demostrar que el viaje se desarrollará en condiciones adecuadas de seguridad y alojamiento, indicando dónde residirá el menor, quién le acompañará, quién financiará la estancia y cómo se garantiza el regreso al país de residencia. El consentimiento escrito de los progenitores es obligatorio si el menor viaja solo o acompañado de un tercero. La biometría se realiza con fotografía desde cualquier edad, y con toma de huellas dactilares a partir de los cinco años (para los menores de esa edad únicamente se requiere fotografía). En la práctica, el menor acude al centro de tramitación de visados acompañado por uno de los progenitores o por su tutor legal. Los requisitos relativos a la acreditación de la tutela y al consentimiento parental son más estrictos que los aplicables en el espacio Schengen.
Estados Unidos de América. El expediente del menor es esencialmente equivalente al de un adulto: pasaporte individual, formulario de solicitud, acreditación del propósito y de la financiación del viaje, y consentimiento parental en los casos de desplazamiento sin los progenitores. A partir de octubre de 2025, la entrevista consular se regula de manera independiente y se establece la comparecencia personal obligatoria del menor en el consulado. Incluso si anteriormente no era necesaria la entrevista, actualmente apenas existen excepciones. Las huellas dactilares suelen tomarse a los menores de mayor edad, aunque los más pequeños también pueden ser citados cuando proceda. La principal característica del sistema estadounidense es el énfasis en la entrevista personal y en los requisitos de acreditación de la patria potestad y del consentimiento parental.
Sudeste Asiático. Las exigencias varían según el país y el tipo de entrada (visado, e-visa o autorización electrónica). Los elementos comunes son los mismos: pasaporte individual del menor, consentimiento parental, acreditación del itinerario y documentación financiera. En Tailandia y Vietnam, las solicitudes de visado para menores suelen requerir un expediente ampliado, que incluye el certificado de nacimiento, copias de los pasaportes de los progenitores, consentimiento notarial para el viaje sin ellos, reservas y billetes de regreso. Los consulados disponen de listas de comprobación específicas para menores. En los visados de corta duración, la biometría se limita normalmente a la fotografía, ya que no todos los países exigen huellas dactilares.
Diferencias principales. En el espacio Schengen, los procedimientos son uniformes, con límites de edad y plazos estandarizados; en el Reino Unido, se aplican requisitos más detallados sobre la tutela, el acompañante y el “plan de seguridad” del viaje, con huellas a partir de los cinco años; en los Estados Unidos de América, el foco se centra en la entrevista personal y la verificación de la documentación parental; y en los países de Asia Sudoriental existe mayor diversidad de normas, aunque casi siempre se exige pasaporte individual del menor, consentimiento de los progenitores y itinerario confirmado con billete de regreso.
La preparación adecuada del expediente, la correcta formalización de las autorizaciones y la acreditación clara de la financiación constituyen los tres factores clave para obtener sin dificultad el visado del menor y planificar el viaje con tranquilidad. Si desea ahorrar tiempo y evitar errores, los especialistas de Terrana pueden ayudarle a reunir toda la documentación necesaria, revisar los formularios y preparar las autorizaciones conforme a los requisitos del país de destino. Los expertos del servicio conocen las particularidades de las normas de visado de cada Estado y acompañan al solicitante hasta la obtención del visado.