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Terrana SL, 2025

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Información actualizada el 2025-06-11

Emprendedores D, REM, D, RFI España

Residence

Descipción de visado

La descripción del visado, su propósito, condiciones, particularidades de solicitud y de uso.

Se expide a los extranjeros que tienen previsto entrar y permanecer en España durante un año con el propósito principal de desarrollar una actividad empresarial. Es posible presentar la solicitud de autorización de residencia directamente en España sin necesidad de visado, o bien, la persona solicitante puede presentarla en la Oficina Consular correspondiente.

Plazos y importes

Las características principales que determinan las condiciones de tramitación y de uso del visado. Las condiciones varían según las circunstancias individuales del solicitante y las decisiones de las autoridades de inmigración del país.

  • 1 año

    Validez de visado

    El período de vigencia del visado que autoriza la entrada al país. Generalmente el visado entra en vigor desde la fecha de su expedición.

    El visado de residencia se concede por un período de un año. No obstante, el período de validez de un visado concreto será determinado por el consulado en función de las circunstancias individuales del solicitante y de la documentación acreditativa del motivo de la estancia.

  • 1 año

    Estancia

    El período máximo durante el cual se permite permanecer en el país de manera continua desde la fecha de la entrada.

    El visado otorga a su titular el derecho a residir en España durante todo el período de su validez, que no puede exceder de 1 año. Sin embargo, si el solicitante planea permanecer en España por un período más largo, es necesario solicitar una tarjeta de identificación de extranjero (T.I.E., Tarjeta de Identificación de Extranjeros) en la Oficina de Extranjería o en la comisaría de policía correspondiente.

  • No aplicable

    Prórroga de estancia

    El aumento máximo del período de estancia en el país, inicialmente permitido por el visado, siempre y cuando sea aprobado por las autoridades de inmigración. Generalmente se solicita dentro del país, sin necesidad de salir.

    En la mayoría de los casos, no se conceden prórrogas del visado; sin embargo, es posible solicitar una prórroga de la autorización de residencia ante la autoridad de inmigración, dentro de los 60 días previos a su vencimiento. El visado sólo puede prorrogarse en caso de imposibilidad de abandonar el territorio español por necesidad de tratamiento médico urgente, enfermedad grave o fallecimiento de un familiar, así como en casos de fuerza mayor o catástrofes naturales.

  • Entrada única

    La posibilidad de entrar en el país en una única ocasión durante el período de validez del visado. Después de la salida del país, el reingreso con ese visado es imposible, incluso si su validez no ha expirado.

    Entrada múltiple

    La posibilidad de entrar y salir del país un número ilimitado de veces, si no se indica lo contrario, durante el período de la validez del visado.

    Número de entradas

    El parámetro que indica cuántas veces, durante la validez del visado, su titular puede entrar en el país. Estas autorizaciones pueden ser únicas, múltiples o con la indicación del número exacto de entradas.

    El solicitante especifica el número de entradas requerido en la solicitud de visado; sin embargo, los consulados toman una decisión, que puede variar dependiendo de las pruebas documentales proporcionadas y otros factores. El visado puede expedirse para una única entrada o para múltiples entradas.

  • de 10 dias a 1 mes

    Tiempo de trámitación

    El período de tiempo durante el cual las autoridades de inmigración examinan el trámite y toman la decisión de emitir un visado. Solo se consideran los días hábiles, sin incluir los días festivos ni fines de semana.

    El plazo establecido para tomar una decisión sobre este visado es de 10 días desde la fecha de solicitud. Sin embargo, en casos excepcionales, el consulado puede necesitar entre 10 y 30 días para tomar una decisión sobre la solicitud. Además, los funcionarios consulares pueden requerir que el solicitante proporcione documentos o materiales adicionales, dependiendo de las circunstancias. Esto podría aumentar significativamente el tiempo de tramitación.

  • 80 €

    Tasa consular

    El pago cobrado por la tramitación y evaluación de una solicitud. La tasa no es reembolsable en ningún caso. En algunos casos, se necesita pagar tasas adicionales.

    Las tasas pueden no ser cobradas o la cantidad puede variar dependiendo de la nacionalidad del solicitante, el estado civil, la edad, el propósito específico de la visita y otras características individuales del solicitante. La tasa consular es el importe oficial de tramitación de la solicitud de visado por parte de la Embajada o Consulado de España y no incluye los pagos adicionales que puedan exigirse en función del lugar y forma de presentación, tales como tasas de centros de visados, el coste de tramitación de permisos y otros documentos, envío postal y mensajería de documentos, etc.

Documentación

La lista de documentos necesarios para presentar cualquier solicitud de visado. La lista exacta de documentos depende del tipo de visado elegido, del propósito de la visita y de las condiciones individuales del solicitante.

Documentos obligatorios

Los documentos que especifican, justifican y confirman el propósito de la visita, así como los que proporcionan la información necesaria sobre el solicitante y su actividad futura en el país.

  • Fotografía

    Una fotografía reciente, tomada en los últimos seis meses, en formato pasaporte, a color, nítida y que cumpla con los requisitos establecidos por las normas de la OACI.

  • Formulario de solicitud de visado

    Formulario oficial de solicitud de visado nacional, completamente rellenado y firmado por el solicitante.

  • Pasaporte

    Debe haber sido expedido hace menos de diez años, tener una validez superior a la duración del visado y extenderse, como mínimo, hasta la fecha prevista de finalización de los estudios. Debe contener, al menos, dos páginas en blanco.

Documentos justificativos

Los documentos que especifican, justifican y confirman el propósito de la visita, así como los que proporcionan la información necesaria sobre el solicitante y su actividad futura en el país.

  • Número de Identidad de Extranjero (N.I.E.)

    Acreditación de tener el Número de Identidad de Extranjero (N.I.E.). Si no lo tiene, es obligatorio solicitarlo en paralelo con la solicitud de visado. La solicitud del N.I.E. implica el pago de tasas adicionales.

  • Acreditación de medios económicos

    Es necesario acreditar la disponibilidad de una cantidad mínima que permita el sostenimiento del solicitante y de sus familiares durante su residencia temporal en España. Esta cantidad mínima equivale al 100 % del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) para el solicitante principal del visado, y al 50 % del IPREM por cada familiar dependiente a su cargo.

  • Permiso de residencia

    Permiso de residencia para emprendedores tramitado por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos y concedido por la Dirección General de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Es posible presentarlo en línea.

  • Informe

    Informe favorable emitido por la correspondiente Oficina Económica y Comercial en el distrito consular o por la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones. El informe debe tener en cuenta: — Como prioridad, la creación de empleo en España. — El plan de negocio que detalle el proyecto, el análisis de mercado y la financiación. — El valor añadido para la economía española.

Documentos recomendados

Los documentos que se requieren dependiendo de las circunstancias individuales, condiciones específicas de visado, lugar y forma de solicitar.

  • Recibo de pago de tasa

    Confirmación del pago de la tasa por la tramitación de la solicitud de visado.

  • Certificado de antecedentes penales

    Certificado emitido con una antigüedad máxima de cinco meses antes de la fecha de la solicitud, expedido por el país o los países de residencia durante los últimos cinco años.

  • Seguro médico

    Original y copia del certificado que acredite la contratación de un seguro médico, público o privado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España. La póliza debe cubrir todos los riesgos cubiertos por el sistema público de salud en España.

  • Poder notarial

    Documento requerido en caso de que la solicitud no sea presentada directamente por el solicitante.

*Los documentos oficiales extranjeros deben estar apostillados y legalizados de acuerdo con las normas del país ante cuya representación se presenten. Además, deben ir acompañados de una traducción al idioma oficial de dicho país o al inglés, salvo que la representación haya establecido otros requisitos.

**Antes de presentar los documentos, se recomienda confirmar el procedimiento y los requisitos específicos en la representación elegida.

Requisitos

Los criterios mínimos con los que debe cumplir cada solicitante de visado. En caso de discrepancia, es necesario proporcionar las justificaciones y las confirmaciones convincentes de las intenciones de visitar el país.

  • Propósitos claros de la visita y documentos que los acrediten, conforme a las condiciones del visado.

  • Medios económicos suficientes para mantenerse a sí mismo y a sus dependientes durante toda la estancia en el país.

  • El solicitante no constituye una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública ni las relaciones internacionales del país.

  • Póliza de seguro válida para todo el período de estancia, que cumpla con los requisitos mínimos obligatorios o recomendados del país.

  • Estado de residente permanente válido o acreditación del mismo; todos los trámites preliminares para la solicitud de visado han sido completados.

Información sobre visado

Las características del visado según la clasificación por tipos, categorías y propósitos de la visita. El solicitante elige estas características durante el proceso de tramitación; se indican en el formulario de solicitud de visado y contienen la información correspondiente en el mismo.

English international

Category code

La designación de letra o alfanumérica de un visado específico según el propósito de la visita, que indica sus condiciones o es una versión abreviada del nombre. El código suele estar indicado en el visado o en el sello del visado.

D

Type of visa

El propósito principal del visado y las condiciones para su emisión. Suele incluir varias categorías comunes de visados y/o propósitos de la visita, dependiendo del tipo de actividad o de los propósitos de ingreso al país.

National

Category

La clasificación dentro del tipo de visado que indica las condiciones más específicas, las particularidades de obtención y de uso del visado. Las categorías pueden diferenciarse según la duración, las condiciones de estancia y los derechos otorgados por el visado.

Residence

Español

Category code

La designación de letra o alfanumérica de un visado específico según el propósito de la visita, que indica sus condiciones o es una versión abreviada del nombre. El código suele estar indicado en el visado o en el sello del visado.

D

Type of visa

El propósito principal del visado y las condiciones para su emisión. Suele incluir varias categorías comunes de visados y/o propósitos de la visita, dependiendo del tipo de actividad o de los propósitos de ingreso al país.

Visado nacional

Category

La clasificación dentro del tipo de visado que indica las condiciones más específicas, las particularidades de obtención y de uso del visado. Las categorías pueden diferenciarse según la duración, las condiciones de estancia y los derechos otorgados por el visado.

Visado de residencia

Fuentes de información

Los enlaces a los recursos oficiales, en los que se basa la información presentada en el sitio. Son portales de información de los organismos gubernamentales o representaciones del país responsables de la emisión de visados y de la política de inmigración en general.

  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Ministerio de Inclusión, Seguridad social y Migraciones
  • Comisión Europea
  • Reglamento (UE)
  • Programa Au Pair

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Validez de visado

El período de vigencia del visado que autoriza la entrada al país. Generalmente el visado entra en vigor desde la fecha de su expedición.

1 año

Tasa consular

El pago cobrado por la tramitación y evaluación de una solicitud. La tasa no es reembolsable en ningún caso. En algunos casos, se necesita pagar tasas adicionales.

80 €